Resumen del Artículo cincuenta y dos

Artículo cincuenta y dos del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia (EAMur) — El régimen jurídico de la Administración Pública Regional y de sus funcionarios será regulado mediante Ley de la Asamblea de conformidad con la legislación básica del Estado.

EAMurVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y dos

El régimen jurídico de la Administración Pública Regional y de sus funcionarios será regulado mediante Ley de la Asamblea de conformidad con la legislación básica del Estado.

Norma publicada: 9 de junio de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y dos

¿Qué dice el Artículo cincuenta y dos del EAMur?

El régimen jurídico de la Administración Pública Regional y de sus funcionarios será regulado mediante Ley de la Asamblea de conformidad con la legislación básica del Estado.

¿El Artículo cincuenta y dos del EAMur está vigente?

El artículo cincuenta y dos del EAMur está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y dos dentro del EAMur?

Se encuentra en la estructura: CAPITULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y dos?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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